Archivos diarios: 28 septiembre, 2018

COMUNICADO Nº 115- INSCRIPCIÓN EN FORMACIÓN PROFESIONAL

COMUNICADO Nº 115-Inscripción Formación Profesional

Dispos. Nº 7-18-       Anexo 2- Planilla de Inscripción

Disposic. Nº 7-18 F.P- Anexo 1- Requisitos Listados- Valoración de Títulos

Disposic. Nº 7-18- F.P-   Instructivo para aspirantes y comisión evaluadora.

Disposic. Nº 7-18- F.P.-Listado CFP propios y confesionales

DISPOSICION Nº 7-18-    INSCRIPCION EN FORMACION PROFESIONAL

ACTO PUBLICO COBERTURA CARGO DIRECTIVO Y DE SECRETARIA NIVEL SECUNDARIO

ACTO  PUBLICO  PARA  DIRECTIVOS Y SECRETARIOS  DE  SECUNDARIA                                                                                                                                                   

         La Secretaria de Asuntos Docentes convoca a todos los docentes que figuran en el Listado A de DIRECTIVOS y  SECRETARIOS para cubrir los siguientes cargos jerárquicos transitorios  de acuerdo al siguiente detalle:

LUGAR: Secretaria de Asuntos Docentes de E. Echeverría- Ocantos 170- 2do piso

FECHA: VIERNES 5  de octubre de  2018

HORA: 9.00 Hs

ESCUELA Nº

CARGO A CUBRIR

SITUACIÓN DE REVISTA

OBSERVACIONES

EESNº 25

Vicedirector

Suplente

EESNº 63

Secretario

Provisional

OBSERVACIONES: Se transcriben los artículos 2, 3, 4y 5 dela Resolución Nº 2766/18 recibida el día 26 de setiembre, ya que modifica la carga horaria para tomar un segundo cargo:

ARTÍCULO 2º. Establecer que a los efectos de la aplicación del Artículo 75, inciso 4, de la Ley 10579 y su Reglamentación, cuando el docente no alcanzare el número de horas cátedra a relevar o su equivalente en módulos para acceder a una función jerárquica transitoria, deberá relevar la cantidad que desempeñe e incrementar el relevo en caso de acrecentamiento hasta completar la carga horaria que corresponda.

ARTÍCULO 3º. Establecer como requisito indispensable para acceder a una segunda asignación de funciones jerárquicas transitorias, haber completado en la primera asignación de funciones jerárquicas transitorias, la totalidad de horas o su equivalente en módulos.

ARTÍCULO 4º. Establecer que al momento de la segunda asignación de funciones jerárquicas transitorias el docente que no alcanzare el número de horas establecidas o su equivalente en módulos, deberá relevar la cantidad que desempeñare e incrementar el relevo en caso de acrecentamiento hasta completar la carga horaria que corresponda.

ARTÍCULO 5º. Establecer que, en aquellos casos en que por indivisibilidad de la carga horaria prevista en los diseños curriculares pertinentes, el número de horas cátedra y/o módulos a relevar excediera el máximo previsto, corresponde considerar para el relevo la carga horaria menor por defecto más cercana al máximo legal previsto.

César A. PuntonI

Asesor a/c de SAD

 

SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES

Monte Grande, 28 de setiembre de 2018